Policiales

Un súper deberá indemnizar a un cliente al que le robaron en el estacionamiento

A un hombre le sustrajeron una goma y le provocaron daños en su vehículo cuando estaba estacionado en el lugar. El comercio no quiso pagarle, lo demandó y le ganó.

Un supermercado de la ciudad fue condenado a pegarle más de 50 mil pesos a un cliente al que le robaron una goma y le rompieron parte de su vehículo cuando se encontraba en el estacionamiento del comercio.

La Justicia consideró que el supermercado tenía responsabilidad en la custodia del auto pese a no querer pagar en un primer momento los arreglos al asegurar que no correspondía.

 

 

El caso ocurrió el 7 de marzo de 2014 cuando el cliente llegó al supermercado Disco ubicado en avenida Constitución y Rojas. Una vez ahí aparcó su auto Chevrolet Cruze blanco en el estacionamiento subterráneo que posee el comercio para uso exclusivo de sus clientes.

Luego de efectuar las compras, el hombre regresó a las 13 a buscar el vehículo y descubrió que le habían robado la cubierta delantera derecha. “El zócalo estaba totalmente abollado y apoyado en el disco del vehículo que también se encontraba dañado”, explicó su abogado en la demanda.

Ante esta situación, el cliente se quejó ante personal de la vigilancia privada y el gerente del supermercado. Recibió como respuesta que en el lugar no había vigilancia ni cámaras y que iba a asentar la queja en el libro destinado a ese fin.

Con el correr de los días, el hombre continuó reclamando, pero el daño no le fue reparado. La empresa sólo cerró el estacionamiento. Ante esta situación, el cliente inició una demanda en la que reclamó 9.772 pesos por daño emergente; 9.000 pesos por privación de uso del automotor; 5.100 pesos por valor venal; 15.000 pesos por daño moral y 20.000 pesos por daño punitivo.

Finalmente, el juez en lo Civil y Comercial, Hernán Krzyszycha condenó a Disco a indemnizar al cliente con 56.734 pesos más los intereses. “Es claro que ha mediado entre las partes un vínculo contractual en el marco de una relación de consumo, vínculo que ha desplegado un haz de prestaciones complementarias y accesorias entre las que se puede válidamente computarse el aparcamiento de los vehículos de los clientes del establecimiento comercial”, fundamentó el magistrado. Y agregó: “Entre las prestaciones que debe entenderse, razonablemente, asumió en la relación con su cliente la demandada, cabe computar la mínima custodia de la integridad de los rodados dejados en las instalaciones de su propiedad que provee para el aparcamiento”.

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